Título TÍTULO IV
Art. Disposición transitoria tercera
32 / 36En vigor desde 13 jul 1995
Se autoriza al Consejero de Economía y Hacienda a dotar con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma los gastos necesarios para el funcionamiento del Consejo, hasta la aprobación de su presupuesto.
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Proeli/es-ga/l/1995/06/28/6#disposicion-transitoria-tercera