Art. 7
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 7

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En vigor desde 1 mar 2011
El tipo de gravamen del impuesto será el 3,6%. Se modifica, con efectos desde el 1 de marzo de 2011, por la disposición final 5 de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2619 Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 1/1995, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2012-1243

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/1992/10/16/6#art-7