Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
7 / 20En vigor desde 1 mar 2011
El tipo de gravamen del impuesto será el 3,6%.
Se modifica, con efectos desde el 1 de marzo de 2011, por la disposición final 5 de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2619 Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 1/1995, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2012-1243
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1992/10/16/6#art-7