Capítulo CAPÍTULO II
Art. 12
12 / 20En vigor desde 1 ene 1993
Constituye la base imponible del recargo el importe de la cuota de la tasa sobre el juego que se desarrolla mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1992/10/16/6#art-12