Art. 53
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 53

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En vigor desde 4 jun 1991
La Administración autonómica, por sí misma o en colaboración con otras entidades, instrumentará la concesión de ayudas económicas para la mejora de las instalaciones y el equipamiento de los archivos integrados en el sistema, así como para el desarrollo de programas de ordenación, descripción, restauración y difusión de dichos archivos.
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eli/es-cl/l/1991/04/19/6#art-53