Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 17
17 / 74En vigor desde 4 jun 1991
1. La Administración autonómica fomentará la compra y cesión de fondos documentales del Patrimonio Documental castellano-leonés que se encuentren dentro o fuera del territorio de la Comunidad para su integración en los archivos del sistema.
2. La Consejería de Cultura y Bienestar Social velará por la reintegración a la Comunidad Autónoma de los documentos de su Patrimonio Documental que se encuentren depositados fuera de su territorio, bien sea obteniendo los documentos originales o bien copias sobre cualquier tipo de soporte.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1991/04/19/6#art-17