Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 74En vigor desde 4 jun 1991
1. La presente Ley tiene por objeto la protección, acrecentamiento y difusión del Patrimonio Documental de Castilla y León y la articulación de un sistema castellano-leonés de archivos que garantice la conservación y posibilite el conocimiento de este importante legado histórico cultural.
2. El Patrimonio Documental de Castilla y León forma parte del Patrimonio Histórico Español y está constituido por todos los documentos, reunidos o no en archivos, que se consideren integrantes del mismo en virtud de lo previsto en este título.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1991/04/19/6#art-1