Art. 22
Título TÍTULO IV

Art. 22

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En vigor desde 10 abr 1990
Los requisitos establecidos en el artículo 21 para la obtención de ayudas a los planes de modernización, serán de aplicación para aquellos jóvenes que quieran incorporarse a la dirección de la empresa familiar agraria, o establecerse como empresarios en explotaciones de nueva creación.
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eli/es-cb/l/1990/03/21/6#art-22