Art. 18
Título TÍTULO IV

Art. 18

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En vigor desde 10 abr 1990
En los Centros dependientes de la Diputación Regional de Cantabria las enseñanzas reguladas por la presente Ley serán de carácter gratuito, habilitándose a tal fin las correspondientes partidas presupuestarias.
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eli/es-cb/l/1990/03/21/6#art-18