Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
37 / 38En vigor desde 21 dic 1986
Los titulares de los archivos de uso público integrados en el Sistema de Archivos de Aragón podrán establecer normas internas para el funcionamiento de los mismos, que serán sometidas, para su aprobación, al Departamento de Cultura y Educación, previo informe de la Comisión Asesora de archivos.
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Proeli/es-ar/l/1986/11/28/6#disposicion-final-primera