Art. 29
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 29

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En vigor desde 21 dic 1986
La Diputación General, a través del Departamento de Cultura y Educación, velará por la conservación y protección de los bienes que, reunidos o no en archivos, formen parte del patrimonio documental, de acuerdo con la legislación vigente.
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eli/es-ar/l/1986/11/28/6#art-29