Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 40En vigor desde 14 nov 2017
La Sindicatura de Comptes es el órgano al que, con la máxima iniciativa y responsabilidad, corresponde el control externo económico y presupuestario de la actividad financiera del sector público valenciano, así como de las cuentas que la justifiquen. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación del Estado.
La Sindicatura de Comptes dependerá orgánicamente de las Corts Valencianes, si bien gozará de total independencia funcional para el mejor cumplimiento de sus fines.
Se modifica por el .1 de la Ley 16/2017, de 10 de noviembre. Ref. BOE-A-2017-15373
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1985/05/11/6#art-1