Art. 42
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 42

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En vigor desde 17 nov 1984
Si por la Consejería se consideraran injustificadas las razones alegadas para la corta de ejemplares incluidos en el Inventario, podrá denegar la corta de los mismos.
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eli/es-cb/l/1984/10/29/6#art-42