Art. Artículo cuarenta
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección tercera. Canon de superficie

Art. Artículo cuarenta

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En vigor desde 9 ene 1977
Quedan obligados al pago del canon de superficie de minas los titulares de derechos mineros de la sección C) del artículo tercero de la Ley de Minas.
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eli/es/l/1977/01/04/6#articulo-cuarenta