Título TÍTULO VI
Art. Disposición final primera
51 / 53En vigor desde 20 mar 2004
Esta ley se dicta al amparo del artículo 149.1.8.ª, 18.ª, 21.ª y 29.ª de la Constitución.
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Proeli/es/l/2003/12/19/59#disposicion-final-primera