Art. 6
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Art. 6

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En vigor desde 1 jul 2004
El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y son impugnables en vía administrativa y jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes.
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eli/es/l/2003/12/17/58#art-6