Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 6 ene 2004
Esta Ley se dicta al amparo de lo establecido en los apartados 1.1.ª, 1.7.ª y 1.17.ª del artículo 149 de la Constitución. El artículo 13.e) se dicta al amparo de lo que establece el artículo 149.1.13.ª de la Constitución.
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