Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 21 sept 2011
En la elaboración de la Estrategia Española de Empleo y del Plan Anual de Política de Empleo, y en relación con las actuaciones de promoción del trabajo autónomo y de la economía social, se consultará a los Consejos del Trabajo Autónomo y de Fomento de la Economía Social. Se añade por el .3 del Real Decreto-ley 14/2011, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2011-14910 .

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Pro

eli/es/l/2003/12/16/56#disposicion-adicional-septima