Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
13 / 58En vigor desde 6 ene 2004
El Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, en el marco de lo establecido en esta ley.
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Proeli/es/l/2003/12/16/56#art-10