Art. Disposición final segunda
23 / 27En vigor desde 11 dic 1980
Las referencias hechas en el presente texto legal a las autoridades u órgano de la Administración Central se entenderán efectuadas a los organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas a partir de la transferencia a las mismas de las correspondientes competencias.
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Proeli/es/l/1980/11/11/55#disposicion-final-segunda