Art. Disposición adicional decimoséptima
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional decimoséptima

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En vigor desde 1 ene 2000
Se autoriza al Ministerio del Interior a hacer efectivos al Ayuntamiento de Málaga los gastos ocasionados por las actuaciones realizadas en su término municipal, en concepto de reparación de los daños causados por las inundaciones a que se refiere el Real Decreto-ley 2/1998, de 17 de abril. Estos gastos serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.223A.761. A estos efectos se celebrará el correspondiente convenio de colaboración entre ambas Administraciones.
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eli/es/l/1999/12/29/54#disposicion-adicional-decimoseptima