Título TÍTULO X
Art. Disposición adicional undécima
82 / 122En vigor desde 29 nov 1997
El Gobierno, por Real Decreto, procederá periódicamente a la actualización del importe de las sanciones previstas en el Título X de la presente Ley y en el capítulo XIV de la Ley 25/1964, de 29 de abril, modificado por la disposición adicional sexta de la presente Ley, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.
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Proeli/es/l/1997/11/27/54#disposicion-adicional-undecima