Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final sexta

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En vigor desde 1 ene 1985
Se autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones que sean precisas para la homologación total del actual sistema de prestaciones de la Mutualidad Nacional de la Administración Local, a la nueva normativa en materia de Clases Pasivas que se contiene en esta Ley.
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eli/es/l/1984/12/30/50#disposicion-final-sexta