Art. Artículo primero
Título TITULO ICapítulo CAPITULO I

Art. Artículo primero

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En vigor desde 2 feb 1982
El Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales, y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.
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