Art. Artículo ochenta
Título TÍTULO IIISecc. Sección primera. Disposiciones comunes

Art. Artículo ochenta

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En vigor desde 17 abr 1981
El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.
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eli/es/l/1980/10/08/50#articulo-ochenta