Art. 4
4 / 8En vigor desde 16 oct 2025
El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Cantabria se regirá por la normativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Colegios Profesionales, por la legislación básica estatal, por sus estatutos y, en su caso, por el reglamento de régimen interior.
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Proeli/es-cb/l/2025/10/09/5#art-4