Art. 186
Título TÍTULO V

Art. 186

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En vigor desde 1 ene 2026
La Tesorería Central de la Comunidad de Madrid ejercerá como Caja de Depósitos para el sector público autonómico. El Consejo de Gobierno aprobará las disposiciones reguladoras de su funcionamiento.
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eli/es-md/l/2025/12/23/5#art-186