Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Infracciones y sanciones en materia de vivienda protegida
Art. Disposición adicional séptima
125 / 137En vigor desde 24 ene 2026
El ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía será por oposición entre aquellas personas que reúnan los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia de función pública para el acceso al mencionado cuerpo.
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Proeli/es-an/l/2025/12/16/5#disposicion-adicional-septima