Art. 100
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XV

Art. 100

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En vigor desde 1 ene 2025
Se modifica el apartado 2 del artículo 28 de los estatutos del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia, aprobados por el Decreto 118/2016, de 4 de agosto, que queda redactado como sigue: «2. El nombramiento de la persona titular de la Presidencia será por un período de seis años renovable. Al finalizar el plazo de su mandato, continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la toma de posesión del nuevo presidente o presidenta.»
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eli/es-ga/l/2024/12/27/5#art-100