Art. 6

Art. 6

6 / 20
En vigor desde 20 nov 2024
1. Las escuelas infantiles de titularidad municipal se podrán integrar de forma voluntaria en la Red Autonómica de Escuelas Infantiles «Les Escuelines/As Escolías». El procedimiento de integración tendrá carácter progresivo. Los criterios de progresividad tendrán en cuenta: la ruralidad, la vulnerabilidad del alumnado y sus familias, la menor población de los concejos y la atención a una oferta suficiente. 2. Producida la integración, el servicio pasará a ser gestionado de manera directa por la Administración del Principado de Asturias, a través de la consejería competente en materia educativa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2024/11/13/5#art-6