Art. Disposición adicional décima
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional décima

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En vigor desde 15 nov 2024
Se autoriza al consejero o a la consejera competente en materia de función pública que, a propuesta del consejero o de la consejera competente en materia de transporte, adscriba o destine en comisión de servicios al Consorcio Insular para la Movilidad Sostenible de Eivissa el personal de la administración del Consejo de Eivissa necesario y conveniente, con las dotaciones presupuestarias pertinentes.
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