Art. Disposición adicional novena
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional novena

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En vigor desde 14 abr 2023
Los estatutos de las cooperativas de las Illes Balears, cualquiera que sea su clase o fecha de constitución, no pueden ser aplicados en contradicción con lo que dispone esta ley, en cuyo caso se considerarán nulos.
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