Art. 155
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 155

155 / 192
En vigor desde 14 abr 2023
En todo lo no establecido en este capítulo, se aplicarán a las cooperativas de segundo grado las disposiciones de carácter general establecidas por la presente ley o las disposiciones sectoriales que les sean de aplicación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2023/03/08/5#art-155