Art. Disposición adicional decimocuarta
Título TÍTULO XIII

Art. Disposición adicional decimocuarta

196 / 244
En vigor desde 14 dic 2023
1. Se crea dentro del Grupo B, del Cuerpo Técnico de Gestión, la especialidad Tecnologías de la Información y Comunicación, para ejercer las funciones y actividades técnicas de organización, tramitación e impulso y, en general, de colaboración técnica con los cuerpos superiores y técnicos, relacionadas con las actividades de sistemas y tecnologías de la información en la Administración de la Junta de Andalucía. 2. Para el ingreso en el Cuerpo Técnico de Gestión, especialidad Tecnología de la Información y Comunicación, será necesario estar en posesión de las titulaciones establecidas en la disposición adicional quinta.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2023/06/07/5#disposicion-adicional-decimocuarta