Art. 178
Título TÍTULO XIII

Art. 178

178 / 244
En vigor desde 14 dic 2023
1. En las materias objeto de esta ley, la actuación y relaciones de las Administraciones públicas de Andalucía se fundamentarán en los principios establecidos en la normativa estatal de carácter básico. 2. Para la consecución de objetivos comunes podrán celebrar convenios y llevar a cabo planes y programas conjuntos de actuación en materia de empleo público.
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eli/es-an/l/2023/06/07/5#art-178