Art. 20
Título TÍTULO I

Art. 20

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En vigor desde 17 abr 2023
La Comunidad de Madrid, a través de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, evaluará e inspeccionará el Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias con la finalidad de mejorar la calidad de la respuesta de los poderes públicos en la gestión integral de los riesgos de protección civil y las emergencias que tengan lugar en su ámbito territorial, conforme a los mecanismos que establezcan.
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