Art. 69
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Regímenes aplicables

Art. 69

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En vigor desde 15 jul 2022
1. La gestión, administración y explotación de los bienes y derechos del Consejo de la Juventud de las Illes Balears corresponderán a este órgano. 2. El Consejo de la Juventud de las Illes Balears puede adquirir para el cumplimiento de sus fines toda clase de bienes por cualquiera de las formas admitidas en derecho. 3. El régimen de contratación del Consejo de la Juventud de las Illes Balears se rige por lo dispuesto en el ordenamiento jurídico privado. 4. El régimen presupuestario, de gestión económico-financiera y de contabilidad es el que establece el ordenamiento jurídico privado.
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