Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Del Comité Asturiano de Justicia Deportiva

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 8 sept 2022
A los efectos de la presente ley, se reconocen oficialmente las modalidades deportivas de las federaciones deportivas asturianas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas a su entrada en vigor.
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