Art. 26
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 26

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En vigor desde 30 nov 2022
Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 36 con el siguiente tenor literal: «4. Los derechos a los que se refieren el apartado anterior se ejercerán a través del punto de acceso general electrónico de la Junta de Extremadura, salvo que la naturaleza del procedimiento o la legislación europea o estatal básica establezcan otros medios alternativos.»
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eli/es-ex/l/2022/11/25/5#art-26