Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 43
43 / 70En vigor desde 28 abr 2022
La Administración riojana, en el ámbito competencial que le corresponda, velará para que los medios audiovisuales cumplan sus obligaciones, adoptando las medidas que procedan para asegurar un tratamiento de las víctimas del franquismo conforme con los principios y valores democráticos, sin perjuicio de las posibles actuaciones que puedan adoptar otras entidades.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2022/04/25/5#art-43