Título TÍTULO V
Art. 45
45 / 68En vigor desde 14 jul 2022
El acceso a los documentos de titularidad privada integrantes del Patrimonio Documental de la Comunidad Autónoma del País Vasco que se encuentren custodiados en archivos públicos se regirá por lo dispuesto en los instrumentos que formalizaron su ingreso en el archivo correspondiente. En ningún caso, dichos instrumentos podrán contradecir lo establecido en el apartado 4 del artículo 39 de la presente ley.
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Proeli/es-pv/l/2022/06/23/5#art-45