Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional quinta
300 / 328En vigor desde 23 jul 2022
Con independencia de su rango legal o reglamentario las normas y planes en materia de ordenación territorial y urbanística se elaborarán, tramitarán y aprobarán conforme a los procedimientos especiales regulados para cada uno de ellos en este texto normativo que desplazan al establecido con carácter general en la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2022/07/15/5#disposicion-adicional-quinta