Art. 10
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 10

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En vigor desde 1 ene 2024
1. Se crea la Comisión de Seguimiento del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana, que es el órgano de participación encargado de la implementación, el seguimiento y el control de la ejecución anual del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana. 2. Esta comisión está adscrita al departamento de la Generalitat con competencias en administración local. Se modifica por el art. 39 de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666

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eli/es-vc/l/2021/11/05/5#art-10