Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 54
54 / 183En vigor desde 2 oct 2021
1. Las personas tienen derecho a acceder a la información pública, a los archivos y registros en los términos y con las condiciones establecidas en la Constitución y en la normativa sobre procedimiento administrativo, transparencia y derecho de acceso a la información pública.
2. En particular, se garantizará el conocimiento efectivo de los procedimientos administrativos, de los servicios y de las prestaciones en el ámbito de la Administración.
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Proeli/es-ar/l/2021/06/29/5#art-54