Art. 143
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 143

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En vigor desde 2 oct 2021
En las fundaciones del sector público autonómico, así como en aquellas otras fundaciones en las que se participe, los miembros del patronato propuestos por la Comunidad Autónoma de Aragón serán designados a propuesta del Gobierno de Aragón.
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