Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria séptima
20 / 40En vigor desde 28 dic 2021
1. Las solicitudes de licencia de actividad clasificada presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de presentación de la solicitud.
2. No obstante, la persona interesada podrá desistir de dicha solicitud y presentar comunicación previa en aquellos supuestos en que la nueva normativa prevea dicho instrumento de control previo.
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Proeli/es-cn/l/2021/12/21/5#disposicion-transitoria-septima