Art. 91
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 91

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En vigor desde 10 feb 2021
1. La Administración autonómica impulsará un marco normativo que incentive y facilite la recuperación y puesta en valor de las tierras agrarias al objeto de mejorar su gestión y la viabilidad económica de su explotación. 2. Asimismo, desarrollará la figura de los polígonos agroforestales o cualquier otra de gestión conjunta, como fórmulas de dinamización económica del medio rural. 3. La Administración autonómica impulsará instrumentos de inversión adaptados a la singularidad del sector agroforestal, al objeto de atraer nuevas inversiones a dicho sector.
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