Art. 37
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 37

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En vigor desde 10 feb 2021
La Administración autonómica garantizará el acceso de toda la población infantil a la etapa educativa 0-3, pudiendo aplicar bonificaciones en los precios públicos establecidos, y desarrollará líneas de ayudas para el apoyo económico a las familias que tengan a sus hijos e hijas matriculados en el primer ciclo de educación infantil en escuelas infantiles de titularidad privada por no haber obtenido una plaza pública o residir en un municipio en que no existan recursos públicos.
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