Art. Disposición final quinta
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final quinta

27 / 30
En vigor desde 19 oct 2021
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley, la Junta de Castilla y León aprobará la modificación de la norma reguladora de la Sección de Voluntariado para adecuarla en su composición a lo establecido en esta ley y determinar el procedimiento de elección y designación de los nuevos miembros de la misma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2021/09/14/5#disposicion-final-quinta