Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 23 abr 2019
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, se constituirán el Consejo Canario de la Lectura y las Bibliotecas y la Comisión Técnica de la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias.
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