Art. 75
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO I

Art. 75

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En vigor desde 10 jul 2019
1. Los centros directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el ámbito de sus competencias, establecerán ayudas públicas destinadas a financiar ajustes razonables en materia de accesibilidad universal. 2. La publicación de esta Ley se llevará a cabo también en documento de lectura fácil.
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